Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Querétaro

Información Pública



Artículo 66. Los sujetos obligados deberán publicar en el portal de internet referido, la información siguiente:

I. El marco normativo aplicable al sujeto obligado, incluyendo leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, manuales administrativos, reglas de operación, criterios, políticas, y otros análogos;
(Ultima actualización: junio 2019)

II. Su estructura orgánica completa, en un formato que vincule cada área con las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público;
(Ultima actualización: junio 2019)

III. Las atribuciones, metas y objetivos de las Áreas de conformidad con sus programas operativos;
(Ultima actualización: junio 2019)

IV. Los indicadores que deban establecer relacionados con temas de interés público o trascendencia social conforme a sus funciones, deban establecer;
(Ultima actualización: junio 2019)

V. Los indicadores que permitan rendir cuenta de sus objetivos y resultados;
(Ultima actualización: junio 2019)

VI. El directorio de los servidores públicos, a partir del nivel de jefe de departamento o su equivalente; o todos ellos, cuando se brinde atención al público; se manejen o apliquen recursos públicos; o se realicen actos de autoridad. Incluirá, al menos, nombre, cargo o nombramiento, nivel del puesto, fecha de alta, número telefónico, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficial.
(Ultima actualización: junio 2019)

VII. Los tabuladores de remuneraciones;
(Ultima actualización: junio 2019)

VIII. Los tabuladores de gastos de representación y viáticos;
(Ultima actualización: junio 2019)

IX. El número total de las plazas diferenciando al personal de base y confianza, especificando el total de las vacantes que hubieren;
(Ultima actualización: junio 2019)

X. Las contrataciones de servicios profesionales por honorarios, señalando los nombres de los prestadores de servicios, los servicios contratados, el monto de los honorarios y el periodo de contratación;
(Ultima actualización: junio 2019)

XI. La información en Versión Publica de las declaraciones patrimoniales de los servidores públicos que así lo determinen, en los sistemas habilitados para ello;
(Ultima actualización: junio 2019)

XII. El domicilio de la Unidad de Transparencia, además de la dirección electrónica donde podrán recibirse las solicitudes para obtener información;
(Ultima actualización: junio 2019)

XIII. Las convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismos;
(Ultima actualización: junio 2019)

XIV. La información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos, informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio, en los que se deberá contener lo siguiente:
(Ultima actualización: junio 2019)

a) Área;
b) Denominación del programa;
c) Periodo de vigencia;
d) Diseño, objetivos y alcances;
e) Metas físicas;
f) Población beneficiada estimada;
g) Monto aprobado, modificado y ejercido, así como los calendarios de su programación presupuestal;
h) Requisitos y procedimientos de acceso;
i) Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana;
j) Mecanismos de exigibilidad;
k) Mecanismos de evaluación, informes de evaluación y seguimiento de recomendaciones;
l) Indicadores con nombre, definición, método de cálculo, unidad de medida, dimensión, frecuencia de medición, nombre de las bases de datos utilizadas para su cálculo;
m) Formas de participación social;
n) Articulación con otros programas sociales;
o) Reglas de operación o Documento equivalente;
p) Informes periódicos sobre la ejecución y los resultados de las evaluaciones realizadas, y
q) Padrón de beneficiarios mismo que deberá contener los siguientes datos: nombre de la persona física o denominación social de las personas morales beneficiarias, el monto, recurso, beneficio o apoyo otorgado para cada una de ellas, unidad territorial, en su caso, edad y sexo;

XV. Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal, así como los recursos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos;
(Ultima actualización: junio 2019)

XVI. La información curricular, desde el nivel de jefe de departamento o equivalente, hasta el titular del sujeto obligado;
(Ultima actualización: junio 2019)

XVII. El listado de servidores públicos con sanciones administrativas definitivas, especificando la causa de sanción;
(Ultima actualización: junio 2019)

XVIII. Los servicios que ofrecen señalando los requisitos para acceder a ellos;
(Ultima actualización: junio 2019)

XIX. Los trámites que ofrecen, sus requisitos y formatos;
(Ultima actualización: junio 2019)

XX. La información financiera sobre el presupuesto asignado, así como los informes del ejercicio trimestral del gasto, en términos de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás normatividad aplicable;
(Ultima actualización: junio 2019)

XXI. La información relativa a la deuda pública, en términos de la normatividad aplicable;
(Ultima actualización: junio 2019)

XXII. Los montos destinados a gastos de comunicación social y publicidad oficial desglosada por tipo de medio, proveedores, número de contrato y concepto o campaña;
(Ultima actualización: junio 2019)

XXIII. Los informes de resultados de las auditorías al ejercicio presupuestal de cada sujeto obligado que se realicen;
(Ultima actualización: junio 2019)

XXIV. El resultado de la dictaminación de los estados financieros;
(Ultima actualización: junio 2019)

XXV. Los montos, criterios, convocatorias y listado de personas físicas o morales a quienes, por cualquier motivo, se les asigne o permita usar recursos públicos o, en los términos de las disposiciones aplicables, realicen actos de autoridad. Asimismo, los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos;
(Ultima actualización: junio 2019)

XXVI. Las concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados, especificando los titulares de aquéllos, debiendo publicarse su objeto, nombre o razón social del titular, vigencia, tipo, términos, condiciones, monto y modificaciones;
(Ultima actualización: junio 2019)

XXVII. La información sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la versión pública del expediente respectivo y de los contratos celebrados, debiendo contener, por lo menos, lo siguiente:
(Ultima actualización: junio 2019)

a) De licitaciones públicas o procedimientos de invitación restringida:
(Ultima actualización: Mayo 2017)

1. La convocatoria o invitación emitida, así como los fundamentos legales aplicados para llevarla a cabo;
2. Los nombres de los participantes o invitados;
3. El nombre del ganador y las razones que lo justifican;
4. El Área solicitante y la responsable de su ejecución;
5. Las convocatorias e invitaciones emitidas;
6. Los dictámenes y fallo de adjudicación;
7. El contrato y, en su caso, sus anexos;
8. Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda;
9. La partida presupuestal, de conformidad con el clasificador por objeto del gasto, en el caso de ser aplicable;
10. Origen de los recursos especificando si son federales, estatales o municipales, así como el tipo de fondo de participación o aportación respectiva;
11. Los convenios modificatorios que, en su caso, sean firmados, precisando el objeto y la fecha de celebración;
12. Los informes de avance físico y financiero sobre las obras o servicios contratados;
13. El convenio de terminación, y
14. El finiquito;

b) De las adjudicaciones directas:

1. La propuesta enviada por el participante;
2. Los motivos y fundamentos legales aplicados para llevarla a cabo;
3. La autorización del ejercicio de la opción;
4. En su caso, las cotizaciones consideradas, especificando los nombres de los proveedores y los montos;
5. El nombre de la persona física o moral adjudicada;
6. La unidad administrativa solicitante y la responsable de su ejecución;
7. El número, fecha, el monto del contrato y el plazo de entrega o de ejecución de los servicios u obra;
8. Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda;
9. Los informes de avance sobre las obras o servicios contratados;
10. El convenio de terminación, y
11. El finiquito;

XXVIII. Los informes que por disposición legal generen los sujetos obligados;
(Ultima actualización: junio 2019)

XXIX. Las estadísticas que generen en cumplimiento de sus facultades, competencias o funciones;
(Ultima actualización: junio 2019)

XXX. Informe de avances programáticos o presupuestales, balances generales y su estado financiero;
(Ultima actualización: junio 2019)

XXXI. Padrón de proveedores y contratistas;
(Ultima actualización: junio 2019)

XXXII. Los convenios de coordinación de concertación con los sectores social y privado;
(Ultima actualización: junio 2019)

XXXIII. El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión o propiedad;
(Ultima actualización: junio 2019)

XXXIV. Las recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado u organismos internacionales garantes de los derechos humanos, así como las acciones que han llevado a cabo para su atención;
(Ultima actualización: junio 2019)

XXXV. Las resoluciones y laudos que se emitan en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio;
(Ultima actualización: junio 2019)

XXXVI. Los mecanismos de participación ciudadana;
(Ultima actualización: junio 2019)

XXXVII. Los programas que ofrecen, incluyendo información sobre la población, objetivo y destino, así como los trámites, tiempos de respuesta, requisitos y formatos para acceder a los mismos;
(Ultima actualización: junio 2019)

XXXVIII. Las actas y resoluciones del Comité de Transparencia de los sujetos obligados;
(Ultima actualización: junio 2019)

XXXIX. Todas las evaluaciones y encuestas que hagan los sujetos obligados a programas financiados con recursos públicos;
(Ultima actualización: junio 2019)

XL. Los estudios financiados con recursos públicos;
(Ultima actualización: junio 2019)

XLI. El listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben;
(Ultima actualización: junio 2019)

XLII. Los ingresos recibidos por cualquier concepto señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como su destino, indicando el destino de cada uno de ellos;
(Ultima actualización: junio 2019)

XLIII. Donaciones hechas a terceros en dinero o en especie;
(Ultima actualización: junio 2019)

XLIV. El catálogo de disposición y guía de archivo documental;
(Ultima actualización: junio 2019)

XLV. Las actas de sesiones ordinarias y extraordinarias, así como las opiniones y recomendaciones que emitan, en su caso, los consejos consultivos;
(Ultima actualización: junio 2019)

XLVI. Para efectos estadísticos, el listado de solicitudes a las empresas concesionarias de telecomunicaciones y proveedores de servicios o aplicaciones de Internet para la intervención de comunicaciones privadas, el acceso al registro de comunicaciones y la localización geográfica en tiempo real de equipos de comunicación, que contenga exclusivamente el objeto, el alcance temporal y los fundamentos legales del requerimiento, así como, en su caso, la mención de que cuenta con la autorización judicial correspondiente;
(Ultima actualización: junio 2019)

XLVII. Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que, con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público.
Directorio de Autoridades Auxiliares, Desarrollo Político, boletines, Desarrollo Político, Periódico, Periódico 2, Instituto Municipal de la Mujer, Periódico segundo informe, Actas de entrega resepción (Obras Públicas) , Pendones segundo informe 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12
(Ultima actualización: junio 2019)

Los sujetos obligados deberán informar a los Organismos garantes y verificar que se publiquen en la Plataforma Nacional, cuáles son los rubros que son aplicables a sus páginas de Internet, con el objeto de que éstos verifiquen y aprueben, de forma fundada y motivada, la relación de fracciones aplicables a cada sujeto obligado.


Artículo 67 Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo del Estado y los municipios, deberán poner a disposición del público de manera actualizada la información siguiente:

I. El Plan Estatal de Desarrollo y el Plan Municipal de Desarrollo, según corresponda;
(Ultima actualización: junio 2019)

II. El presupuesto de egresos y las fórmulas de distribución de los recursos otorgados;

(Ultima actualización: junio 2019)

III. El listado de expropiaciones decretadas y ejecutadas que incluya, cuando menos, la fecha de expropiación, el domicilio y la causa de utilidad pública y las descripciones superficiales;
(Ultima actualización: junio 2019)

IV. El nombre, denominación o razón social y número del registro federal de los contribuyentes de a quienes se les hubiere cancelado o condonado algún crédito fiscal, así como los montos respectivos. Asimismo, la información estadística sobre las exenciones previstas en las disposiciones fiscales;
(Ultima actualización: junio 2019)

V. Los nombres de las personas nombradas como notarios públicos, así como sus datos de contacto, la información relacionada con el proceso de otorgamiento del nombramiento y las sanciones que se les hubieran aplicado;
(Ultima actualización: junio 2019)

VI. Los planes de desarrollo urbano, ordenamiento territorial y ecológico, los cambios de uso de suelo y licencias de construcción otorgadas por los gobiernos municipales;
(Ultima actualización: junio 2019)

VII. Las disposiciones administrativas que emitan, con el plazo de anticipación que prevean las disposiciones aplicables al sujeto obligado de que se trate, salvo que su difusión pueda comprometer los efectos que se pretenden lograr con la disposición o se trate de situaciones de emergencia;
(Ultima actualización: junio 2019)

VIII. El contenido de las gacetas municipales, las cuales deberán comprender los resolutivos y acuerdos aprobados por los Ayuntamientos; y
(Ultima actualización: junio 2019)

IX. Las actas de sesiones de ayuntamiento, los controles de asistencia de los integrantes a las sesiones y el sentido de votación de los miembros del ayuntamiento sobre las iniciativas o acuerdos.
(Ultima actualización: junio 2019)